Denunciar el cobro de la pensión de un fallecido

¿Se puede denunciar de forma anónima a quien cobra la pensión de una persona fallecida?

pensiones

Preguntado por Anónimo · 03/09/2026

En mi comunidad hay varias personas que siguen cobrando la pensión de un familiar que ya murió, y uno de ellos falleció hace dos años. Me parece injusto, porque esa ayuda le hace falta a otras personas mayores que sí la necesitan. Quiero reportarlo, pero no quiero dar la cara ni que se sepa que fui yo, porque aquí todos nos conocemos.

1 respuesta

Equipo Canitas · 03/09/2026

Sí se puede, y sí puede ser anónima. Te lo explicamos con cuidado, porque hay dos caminos distintos y conviene saber para qué sirve cada uno.

El que admite anonimato es la denuncia popular. La Ley General de Desarrollo Social permite que cualquier persona denuncie hechos que vayan contra esa ley, y desde una reforma publicada en 2018 su artículo 68 dice, con estas palabras, que la denuncia popular podrá ser anónima. No es un criterio de oficina que alguien pueda negarte, está en la ley. Las propias Reglas de Operación del programa remiten a ese trámite, que está registrado como SEDESOL-13-001.

Como no vas a poner tu nombre, lo que sostiene tu denuncia son los hechos. Anota el nombre de la persona que falleció, la localidad donde vivía, la fecha aproximada de su muerte y quién está cobrando en su lugar. Entre más concreto sea, más se puede revisar. La ley pide describir los hechos y ofrecer las pruebas que tengas, y eso sí puedes darlo sin identificarte.

Ahora el otro camino, que es el que de verdad detiene el pago. Avisar del fallecimiento a la Secretaría de Bienestar. Las Reglas permiten dar de baja a una persona del padrón cuando el fallecimiento lo notifica la delegación, el Registro Civil o la autoridad local, así que ese aviso es lo que puede cortar el depósito. Se hace por la Línea del Bienestar, 800 639 42 64, de lunes a viernes de 8 de la mañana a 9 de la noche y fines de semana y días festivos de 9 a 1 de la tarde, o por correo a [email protected].

Si además sospechas que alguien del programa está involucrado, ahí entra el Órgano Interno de Control de la Secretaría de Bienestar, que tiene una línea sin costo, 800 714 8340, y el correo [email protected]. También existe el sistema de denuncias ciudadanas del gobierno federal, el SIDEC, en sidec.buengobierno.gob.mx, abierto todos los días del año.

Una cosa que te conviene saber antes de decidir. Existe también la vía penal, en la fiscalía, pero esa exige que des tu nombre y que ratifiques la denuncia en persona. Si lo que quieres es no dar la cara, tu camino es el administrativo, que además es el que puede detener el pago.

Y algo que quizá te tranquilice: lo que estás reportando no es una interpretación tuya. Las Reglas dicen que la pensión no se puede exigir como herencia y que no se pueden cobrar pagos de bimestres posteriores a la muerte de la persona. Está escrito.

Cuéntanos cómo te fue, o escríbenos a [email protected] si quieres que te ayudemos a redactarla.

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