¿Qué pasa si no declaro una enfermedad en el seguro?

Al contratar un seguro, muchas personas piensan que omitir una enfermedad “no es tan grave” o que incluso puede ayudarles a pagar menos. Sin embargo, en México no declarar una condición médica puede convertirse en el peor error: la aseguradora tiene derecho a cancelar la póliza, negar un reembolso o dejar sin cobertura precisamente cuando más lo necesitas.

En este artículo encontrarás una guía práctica y directa sobre qué riesgos enfrentas, qué dice la ley en México y cómo protegerte para que tu seguro realmente cumpla cuando lo necesites.

declarar enfermedad al seguro

¿Qué pasa si no declaro una enfermedad preexistente?

Si omitiste declarar una enfermedad al contratar un seguro, esto puede llevar a que la aseguradora niegue el pago, rescinda la póliza o excluya esa enfermedad. Pero todo depende del contrato, de pruebas (tu historial médico) y de plazos legales.

Las consecuencias más comunes al no declarar una enfermedad al seguro son:

  • La aseguradora puede negar la cobertura o el reembolso relacionado con esa enfermedad (o limitarlo).
  • Puede rescindir la póliza por omisión o inexacta declaración; la ley permite rescisión cuando hubo omisión. La empresa debe notificar dentro de 30 días desde que lo supo.
  • Existe un “periodo disputable” (muchas pólizas lo señalan) — en la práctica las aseguradoras suelen poder cuestionar omisiones durante los primeros 1–2 años.
  • Si la aseguradora conocía o provocó la omisión, no puede rescindir; hay excepciones a su derecho de rescisión.

¿Qué es una “preexistencia” y qué significa “no declarar”?

Preexistencia = una enfermedad, diagnóstico o tratamiento que existía antes de contratar la póliza o antes de que termine el periodo de espera. No declarar significa responder falso/omitir información médica en el cuestionario o solicitud. Esto afecta la apreciación del riesgo por la aseguradora.

Ejemplos comunes en adultos mayores:

  • Hipertensión diagnosticada hace 10 años, aunque esté controlada con medicamento.
  • Diabetes tipo 2 detectada en los chequeos del IMSS.
  • Cirugía de cadera realizada hace 3 años.
  • Problemas cardíacos con estudios previos.

Por ejemplo: Don José, de 67 años, al contratar su seguro privado omitió decir que es hipertenso. A los 6 meses sufre un infarto y va al hospital privado. La aseguradora pide su historial clínico del IMSS, descubre que llevaba años tomando enalapril, y decide no pagar la hospitalización porque considera que fue consecuencia de una enfermedad preexistente no declarada.

Tu obligación legal como asegurado

La Ley sobre el Contrato de Seguro en México es muy clara: al firmar la solicitud, el asegurado se compromete a declarar todos los hechos importantes para que la aseguradora pueda valorar el riesgo.

Esto no significa que debas dar detalles médicos técnicos, sino ser honesto y completo al responder el cuestionario.

  • Si ocultas información de buena fe (por olvido, no porque quisieras engañar), la aseguradora puede ajustar o excluir coberturas.
  • Si lo ocultas con dolo o mala fe (es decir, con la intención de engañar para pagar menos), la aseguradora puede rescindir la póliza y quedarte sin protección.

Antes de contratar un seguro, pide a tu médico de cabecera o familiar que te ayude a hacer una lista de todos tus diagnósticos, cirugías y medicamentos actuales. Así tendrás todo claro para contestar el cuestionario sin miedo a omitir nada.

Consecuencias de no declarar una enfermedad

Si una aseguradora descubre que ocultaste una enfermedad, puede:

  • Negar el pago de tu reclamación: si el padecimiento oculto está relacionado con la hospitalización, simplemente no te cubren.
  • Rescindir la póliza: significa que el contrato queda sin efecto.
  • Exigir la prima de ese año: aunque cancelen la póliza, no te devuelven lo que ya pagaste.
  • Exclusiones: en algunos casos no cancelan todo, pero excluyen la enfermedad.

Doña Carmen no declaró que tenía diabetes. Cuando pidió un reembolso por complicaciones renales, la aseguradora le negó el pago porque estaba directamente ligado a la enfermedad no declarada.

Plazos importantes: ¿hasta cuándo puede reclamar la aseguradora?

En la práctica, la mayoría de pólizas tienen un “periodo disputable” de 2 años. Esto significa que durante ese tiempo, la aseguradora puede revisar y cancelar por omisiones. Pasado ese periodo, la póliza suele volverse “incontestable” (aunque hay excepciones si hubo dolo evidente).

Cuando contrates un seguro, anota en tu calendario la fecha de inicio y el plazo de 2 años. Después de ese tiempo, si has sido honesto, tendrás una protección más sólida.

¿Y si ya hubo un siniestro (hospitalización) y detectan la omisión?

Si sufres un accidente o enfermedad y la aseguradora detecta que no declaraste algo:

  • Si está relacionado con lo omitido: pueden negar el pago.
  • Si no está relacionado: muchas veces sí pagan, porque la omisión no influyó en ese siniestro.

Por ejemplo:

Don Manuel no declaró que tenía gastritis crónica. Un año después sufrió una fractura de fémur por una caída. Como no tiene relación con la gastritis, la aseguradora sí cubrió el accidente.

¿Puedo aún contratar o ser cubierto si tengo una preexistencia?

Sí, es posible contratar. Opciones comunes que verás en el mercado:

  • Aceptación con exclusión: la aseguradora acepta pero no cubre la enfermedad preexistente.
  • Aceptación con carencia: cubren la condición después de un periodo de espera (por ejemplo, 6–12 meses).
  • Prima más alta / endoso: cobran extra o hacen un endoso que lo documenta.
  • Rechazo: algunas aseguradoras pueden negar la contratación según riesgo y edad.

Cada compañía maneja las preexistencias distinto; conviene comparar y preguntar expresamente.

Si ya omití una enfermedad ¿qué hago ahora?

  1. Revisa tu póliza (condiciones generales, cláusula de preexistencias, periodo disputable).
  2. Busca tu solicitud firmada: allí aparecen las respuestas que diste al cuestionario médico.
  3. Reúne evidencia médica (historial, recetas, estudios) para saber exactamente fechas y diagnósticos.
  4. Habla con la aseguradora — por escrito: explica la situación (si fue un error u olvido), pide orientación sobre cómo regularizarlo. Conserva todas las comunicaciones.
  5. Si hay reclamación denegada o rescisión y no estás de acuerdo, acude a CONDUSEF para orientación y, si procede, interponer un reclamación. También considera asesoría legal.

Consejos prácticos para adultos mayores al contratar

  • Sé honesto y exhaustivo al responder el cuestionario médico. Una omisión por “no recuerdo” se puede documentar y generar problemas.
  • Pide copia de todo lo que firmes (solicitud, cuestionario, condiciones generales).
  • Pregunta por carencias y exclusiones y pídelas por escrito.
  • Compara ofertas: algunas aseguradoras aceptan preexistencias con condiciones que otras no. Revisa costo-beneficio.
  • Considera planes diseñados para adultos mayores o pólizas con continuidad si vienes del IMSS/ISSSTE y buscas complementar. Infórmate bien sobre límites de edad, periodos de espera y exclusiones.

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Preguntas frecuentes

¿Me pueden cancelar mi IMSS o ISSSTE por no declarar una enfermedad?

No. Estas instituciones no dependen de cuestionarios médicos. Este tema aplica solo a seguros privados.

¿Me devuelven mi dinero si me cancelan?

No. Generalmente se quedan con la prima del año en curso.

¿Conviene ocultar enfermedades para ahorrar?

No. A la larga es peor: puedes quedarte sin cobertura justo cuando la necesites.

La honestidad es tu mejor seguro

El error más común al contratar un seguro es pensar: “si no digo nada, pago menos”. La realidad es que ese silencio puede costar mucho más caro: la pérdida total de tu cobertura.

Para un adulto mayor en México, la salud es lo más valioso. Por eso, lo mejor es ser transparente, pedir que te expliquen las exclusiones y tener todos tus documentos en regla. Así, cuando llegue el momento de usar tu seguro, tendrás la tranquilidad de que responderá como debe.