✅ Información actualizada 2026: Este artículo ha sido revisado por nuestro equipo editorial para reflejar los precios, requisitos y vigencias del año en curso.
El fallecimiento de un familiar siempre es un momento difícil; aun así, hay trámites por fallecimiento de un pensionado que se deben seguir, incluso en situaciones tan dolorosas como estas. Ya sea de inmediato o con el transcurso de los días, es crucial actuar rápido para evitar problemas legales o cobros indebidos, especialmente cuando nuestro ser querido estaba pensionado o jubilado por instituciones como el IMSS, ISSSTE o recibía la Pensión del Bienestar.
En esta guía actualizada al 2026, te explicamos paso a paso cómo gestionar los derechos y prestaciones que te corresponden como deudo, incluyendo montos actualizados de ayudas funerarias.
Aunque el dolor puede ser abrumador, la organización es clave. Basado en las recomendaciones históricas de la Profeco y los protocolos actuales de 2026, estos son los primeros pasos que debes dar tras la muerte de un familiar pensionado:
Al fallecer un pensionado del Instituto Mexicano del Seguro Social, la prioridad es darlo de baja para detener los pagos de la pensión y evitar problemas legales posteriores. Este trámite se puede iniciar en la Unidad de Medicina Familiar (UMF) de adscripción.
Para realizar la baja y detener el pago de la pensión, debes acudir a la ventanilla de Control de Prestaciones de la UMF con:
Una vez realizada la baja, se activan los derechos para solicitar las pensiones de sobrevivencia (viudez, orfandad o ascendencia) y la ayuda económica para el funeral.

Este es uno de los derechos más inmediatos. El IMSS otorga una ayuda equivalente a dos meses del valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente en la fecha del deceso.
Valor Mensual UMA 2026: $3,566.22 MXN (vigente desde febrero 2026).
Monto aproximado de la ayuda: $7,132.44 MXN.
Requisitos:
Según la Ley del Seguro Social, tienen derecho a pensión:
Viudez: Esposa(o) o concubina(rio). Si existen dos o más concubinas, ninguna recibe la pensión. Puedes consultar más detalles en nuestra guía sobre pensión por viudez.
Orfandad: Hijos hasta 16 años, o hasta 25 años si estudian en el Sistema Educativo Nacional. Hijos con discapacidad permanente pueden recibirla de por vida.
Ascendencia: Padres del asegurado, si dependían económicamente de él y no existen viuda ni hijos con derecho.
Deberás acudir a la UMF con los siguientes documentos generales, además de los específicos para cada caso:
Para Viudez, se requiere Acta de Matrimonio o resolución judicial de concubinato. Para Orfandad, constancias de estudios vigentes (para mayores de 16 años).

El ISSSTE ofrece protecciones robustas tras el deceso, gestionadas en el Departamento de Pensiones de tu delegación estatal o regional. Los trámites principales son el Pago de Marcha y la transmisión de la pensión.
A diferencia del IMSS, el ISSSTE calcula este apoyo en función de la pensión que recibía el fallecido.
Monto: Equivale a 120 días (4 meses) de la cuota pensionaria vigente.
Plazo: Tienes 5 años para reclamarlo, pero se sugiere hacerlo de inmediato. El trámite es gratuito.
Consulta nuestra guía específica sobre el Pago de Marcha para conocer los formatos exactos a llenar.
La mayoría de pensionados del ISSSTE cuentan con un seguro de vida cuyos beneficiarios fueron designados al momento del retiro. Tienes un límite de 5 años para reclamarlo ante la aseguradora correspondiente (que puede variar según la época de retiro, como MetLife o GNP, debes verificar en la delegación cuál corresponde a su póliza).
Requisitos comunes:
Para que los familiares (esposa, hijos, padres) reciban la pensión, deben presentar en la delegación del ISSSTE:
La “Concesión de Pensión” suele resolverse rápido si los documentos están en regla, y el primer pago llega aproximadamente en 10 días hábiles tras la aprobación.
Es fundamental notificar el fallecimiento a la Secretaría del Bienestar para evitar depósitos indebidos que después tendrían que reembolsarse. Además, el “Representante Auxiliar” registrado tiene derecho a un apoyo único.
Para este año, el Pago de Marcha es equivalente a un mes de pensión.
Si la pensión en 2026 es de $6,400 MXN bimestrales (estimado estándar), el pago de marcha será de $3,200 MXN.
Nota: Este monto se entrega por única ocasión al auxiliar registrado.
Pasos para el trámite:
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