La Pensionissste consiste en diversas modalidades de retiro disponibles para trabajadores que cotizaron en el ISSSTE (Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado). Esta se puede obtener de acuerdo al artículo Décimo Transitorio de la Ley del ISSSTE, conocido como régimen anterior, o por la nueva Ley del ISSSTE 2007. En cada una de estas leyes sobre pensión existen 3 opciones para recibir pensión.
¿Cuáles son mis opciones de Pensionissste?
La modalidad anterior a la Ley del 2007 era la que ofrecía pensiones pagadas por el ISSSTE de la manera tradicional, bajo el artículo Décimo Transitorio de la Ley del ISSSTE. Para las personas que ingresaron a cotizar al ISSSTE después de que ya estaba en vigor la Ley del ISSSTE de 2007, las opciones son exclusivamente basadas en el dinero acumulado en la Afore en la que esté afiliado el trabajador. Esto también aplica para los trabajadores que regresaron a cotizar al ISSSTE después del 2007.
Pensionissste bajo Artículo Décimo Transitorio
Estas modalidades de pensión aplican para los trabajadores que estaban dados de alta antes de que aplicara la nueva Ley del ISSSTE del 2007. Las opciones disponibles de pensión para estos trabajadores son:
Pensionissste por jubilación
Bajo este esquema se obtiene como pensión la del salario promedio obtenido durante el último año cotizado antes de la baja para solicitar pensión. Los trabajadores necesitan para esto cumplir con lo siguiente:
Contar con los años de servicio mínimos requeridos:
30 años en el caso de los hombres.
28 años para las mujeres.
Tener la edad necesaria para su jubilación. En el 2019 esta es de 55 años para hombres y de 53 para las mujeres. Posteriormente irá aumentando la edad requerida como se indica a continuación:
En el 2020 y 2021 las edades serán de 56 para hombres y 54 para mujeres.
Para el 2022 y 2023 será de 57 años para hombres y 55 para mujeres.
En el 2024 y 2025 las edades requeridas serán de 58 para hombres y 56 para mujeres.
En los años 2026 y 2027 las edades serán de 59 en hombres y 57 en mujeres.
A partir del 2028 las edades necesarias para jubilación serán de 60 para hombres y 58 para mujeres.
Puede aplicar también un bono con la pensión.
Pensionissste por edad y tiempo de servicio
Es requisito para obtener esta pensión tener una edad de 60 años cumplidos, además de un mínimo de 15 años de servicio. La pensión será un porcentaje del promedio de salario del año anterior a tu baja, dependiendo del número de años que hayas cotizado. Estos porcentajes se indican a continuación:
95 % del salario si cotizaste 29 años.
90 % para los trabajadores que cotizaron 28 años.
85 % para trabajadores con 27 años cotizados.
80 % del promedio de salario si cotizaron 26 años.
75 % para los que cotizaron 25 años.
72.5 % para los de 24 años cotizados.
70 % si cotizaron 23 años.
67.5 % al haber cotizado 22 años.
65 % para quienes cotizaron 21 años.
62.5 % al haber cotizado 20 años.
60 % para trabajadores con 19 años cotizados.
57.5 % con 18 años de cotizaciones.
55 % si cotizaron 17 años.
52.5 % a quienes tienen 16 años cotizados.
50 % para los que cotizaron el mínimo requerido, que es de 15 años.
El trabajador también podría recibir un bono como complemento de su pensión por parte del ISSSTE.
Pensionissste por Cesantía en Edad Avanzada
Para esta pensión se necesita tener por lo menos 10 años de cotizaciones en el ISSSTE y, por lo menos, 65 años de edad. El monto de la pensión consiste en un porcentaje del salario del último año cotizado, que depende de la edad del trabajador como se muestra a continuación:
40 % del salario para el trabajador de 65 años de edad.
42 % si tiene 66 años.
44 % si ya cumplió los 67 años.
46 % para trabajadores de 68 años.
48 % si tiene 69 años.
50 % para los trabajadores a partir de los 70 años de edad.
En los casos en que aplique, el trabajador también podría recibir un bono pagado por el ISSSTE.
Pensionissste bajo el Régimen de Cuentas Individuales
Esta pensión aplica para los trabajadores que se dieron de alta o reincorporaron a cotizar al ISSSTE una vez que ya aplicaba la nueva Ley del ISSSTE 2007. Es la modalidad equivalente a la del IMSS 1997, pero en este caso para los trabajadores del ISSSTE. En algunos casos estos trabajadores podrían tener derecho a un bono del ISSSTE, en caso de que hayan cotizado también antes del 2007. Las opciones de pensión son:
Renta Vitalicia
Para recibir esta pensión se necesita tener por lo menos 1,250 semanas cotizadas (25 años). La pensión se otorgará de por vida y cada año tendrá un incremento de acuerdo con la inflación. El monto de la pensión dependerá del dinero ahorrado por el trabajador en la Afore, con el que se contratará la pensión en la aseguradora que elija el trabajador.
Retiro Programado
En este caso la pensión consiste en una mensualidad que paga la Afore en la que estés suscrito, con el dinero ahorrado en la cuenta. Las mensualidades se otorgarán hasta donde alcance el dinero acumulado, por lo que no es vitalicia. No aplican requisitos en cuanto a semanas cotizadas.
Pensión Garantizada
Es un monto mínimo de pensión que otorga el ISSSTE para las personas que tienen 25 años de cotizaciones, pero que el dinero acumulado no les es suficiente para contratar la Renta Vitalicia o el Retiro Programado. Como ejemplo, en el 2019 esta pensión fue de $4,985.98 y se actualiza cada año con los reportes de inflación. Se deben tener 60 o 65 años cumplidos para solicitar esta pensión.
Pensión para tu retiro
¿Qué pasa con mi Afore al pensionarme?
El dinero del trabajador en el Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) era originalmente para que lo recibiera el trabajador y obtener más dinero en su retiro. Esto fue con la Ley del SAR de 1992. Cuando en 1997 se crearon las Afores, estas comenzaron a operar de maneras distintas para los trabajadores del IMSS y los del ISSSTE. Finalmente, con la Ley del ISSSTE del 2007 los trabajadores del ISSSTE también sufrieron un cambio con el que los nuevos afiliados solo podrían aspirar a pensionarse a través del dinero acumulado en las Afores.
Toma en cuenta que este instituto de salud cuenta con su propio Afore, aunque los trabajadores son libres de escoger una Afore que considere mejor. Actualmente, la Pensionisssste afore es una de las mejores afores para personas de la tercera edad o próximos a jubilarse, en cuanto a rendimientos se refiere.
Independientemente de lo anterior, el dinero que provenía del SAR se ha mantenido con la misma intención original de que se entregue totalmente al trabajador. Lo que el trabajador recibe de la Afore una vez que obtiene una pensión depende de la modalidad en la que se retiró:
Para trabajadores pensionados bajo el antiguo régimen
Reciben el importe de las siguientes cuentas:
SAR ISSSTE 92 cuando el trabajador ya tenga 65 años de edad.
SAR Fovissste 92 en el momento que el trabajador tenga 65 años.
Fovissste 2008, incluyendo lo que haya disponible para vivienda, si el trabajador no usó un crédito o lo que haya reunido después de pagarlo.
Aportaciones solidarias que se hayan realizado en la cuenta del trabajador.
Trabajadores pensionados bajo la LEY ISSSTE 2007
En el caso de los trabajadores que se pensionen bajo esta nueva Ley, las cuentas de las que reciben dinero varían, de acuerdo a la modalidad de pensión a la que tuvieron derecho:
Renta Vitalicia o Retiro Programado:
Saldo de Retiro 92.
Saldo de Vivienda 92.
Aportaciones solidarias, en caso de que se hayan realizado.
Pensión Garantizada:
SAR ISSSTE 92.
SAR Fovissste 92.
Retiro por Cesantía en edad avanzada o vejez.
Fovissste 2008 si no usaste un crédito o ya lo habías terminado de pagar.
Ahorro Solidario.
¿Qué pasa con mi Afore si se me niega una pensión?
Para los trabajadores que no reunieron los requisitos para obtener alguno de los tipos de pensiones, podrán retirar los fondos de las siguientes cuentas al obtener la negativa de pensión:
Saldo de Retiro por cesantía en edad avanzada o vejez.
Fovissste 2008 si existe capital en esta cuenta.
Ahorro solidario, si aplica.
Además, cuando el trabajador ya tenga 65 años recibirá las siguientes cuentas:
SAR ISSSTE 92.
SAR Fovissste 92.
Si quieres saber el estado de cuenta de tu afore pensionissste puedes solicitarlo a través del portal de pessionissste. Para ello debes estar registrado en el mismo portal, de lo contrario deberás hacer el registro en la página en donde te pedirán tu curp, teléfono y una cuenta de correo. También puedes acercarte a cualquiera de los Centros de Atención.
¿Se pagan Impuestos sobre la Pensionissste recibida? ¿Cuánto?
En el 2019 se exentaron del pago de impuestos las pensiones inferiores a 15 UMA’s (Unidades de Medida y Actualización). Esto fue equivalente a $38,020.50. Los pensionados que reciben esta cantidad cuando mucho no son requeridos tampoco para efectuar declaración anual de impuestos.
El monto indicado aplica para el total obtenido por pensiones, así que si un pensionado recibe dos pensiones y con la suma rebasa la cantidad anterior, está obligado a pagar impuestos y a efectuar anualmente su declaración.
Calculadora de Pensionissste
El cálculo de pensiones en el ISSSTE es más sencillo que el que aplica a los trabajadores del IMSS. Como ejemplo, consideremos a Juan, que tuvo un salario promedio de $15,000 mensuales durante el último año antes de pensionarse. Para poder mostrar mejor el comparativo se considerarán diversas condiciones de edad y cotización de Juan.
Caso 1. Si Juan ha cotizado al ISSSTE por 30 años, tiene 56 años de edad y se va a pensionar en el 2020:
Cumple con los requisitos para obtener la pensión completa por jubilación, por lo que el monto que recibirá es de $15,000 mensuales, más las actualizaciones que se hagan por la inflación.
Caso 2. Juan tiene ya 60 años cumplidos, pero en este caso mostraremos lo que ocurriría con distintos años de cotización, habiendo ganado el último año $15,000 mensuales en promedio:
Al tener ya 60 años tiene derecho a la pensión por Edad y Tiempo de Servicio, siempre que haya cotizado por lo menos 15 años. Los siguientes ejemplos de la pensión de Juan son sobre años distintos de cotización o servicio:
$7,500 mensuales si cotizó solamente los 15 años mínimos requeridos.
$9,000 mensuales si cotizó por 19 años.
$10,500 si cotizó por 23 años.
$12,000 al mes si cotizó por 26 años.
Caso 3. Juan cotizó menos de los 15 años requeridos para la pensión por edad y años de servicio, pero más de 10.
Entonces la pensión a la que tiene derecho depende de su edad, siempre que por lo menos tenga 65 años cumplidos. En este ejemplo nuevamente ganó $15,000 mensuales el último año y recibirá de pensión:
$6,000 mensuales si tiene 65 años cumplidos.
$6,300 al mes si tiene 66 años.
$6,600 mensuales si tiene 67 años.
$6,900 por mes si tiene 68 años.
$7,200 mensuales si cumplió los 69 años.
$7,500 por mes si tiene 70 o más años de edad.
Caso 4. Juan comenzó a cotizar después de la Ley del 2007. Ya tiene los 60 años necesarios para pensionarse, pero no alcanzó derechos para obtener una pensión por la Afore ni contratando una aseguradora:
Es un ejemplo teórico solamente, ya que si comenzó a cotizar en el 2007 no podría tener ya los 25 años cotizados que se requieren. La opción que le queda a Juan es la de recibir la pensión garantizada, que es la mínima que se paga por parte del ISSSTE. En el 2019 esta fue de $4,985.98, por lo que es la que recibiría como pensión si se jubila en el 2019.
¿Cómo y Dónde solicito mi Pensionissste?
Los trámites de pensiones para las personas que cotizan en el ISSSTE se realizan en las Delegaciones Administrativas del ISSSTE, acudiendo primero a la ventanilla de Afiliación y Vigencia, para posteriormente presentarse en la ventanilla de Pensiones. Encuentra en este enlace tu Delegación Administrativa del ISSSTE más cercana.
Cuando el ISSSTE te ha extendido la constancia mediante la que te otorga o niega el pago de la pensión, con ella podrás realizar los trámites en tu Afore para poder hacer el retiro al que tengas derecho. Este trámite no lleva más de 45 días hábiles desde el inicio hasta que recibes tu dinero.
Otras Preguntas Importantes
¿Cada cuándo y dónde depositan la Pensionissste?
Los depósitos de la pensión se hacen mensualmente en la cuenta proporcionada por el pensionado para esto. El día en que se hacen es generalmente el primero de cada mes.
¿Se cuenta también con los servicios médicos?
Todos los pensionados del ISSSTE tienen también el derecho a los servicios médicos y medicamentos.
¿Hay aguinaldo en la Pensionissste? ¿Cuánto pagan?
El aguinaldo para pensionados del ISSSTE consiste en el pago de 40 días del monto diario de la pensión. Este aguinaldo se suele pagar en dos partes, una en los meses finales del año, noviembre o diciembre, mientras que la segunda parte se paga a inicios del nuevo año.
¿Si muero mis familiares tienen derecho a recibir mi Pensionissste?
Sí, en caso de fallecimiento del pensionado, los hijos de este y hasta sus hermanos, hombres o mujeres mayores de 45 años, pueden recibir la pensión. Para esto deben estar solteros, separados, viudos o divorciados, además de comprobar que hayan brindado cuidados prolongados al pensionado fallecido.
En caso de haber otros beneficiarios, estos podrían tener preferencia, como es el caso de:
Nietos y hermanos del pensionado menores de 18 años o que estén discapacitados.
Padres del pensionado.
Abuelos del pensionado.
La pensión que recibirán los familiares está sujeta a diversos cálculos, pero en general se puede considerar que consistirá en el 20 % de la original que recibía el pensionado.
¿Quieres saber más sobre la pensionissste?
En el enlace ISSSTE puedes encontrar mucha información adicional sobre diversos trámites de pensionados o para obtener la pensión. Puedes ponerte en contacto con el Centro de atención telefónica al 55 5062 0555 desde la Ciudad de México y a los teléfonos 800 400 1000 y 800 400 2000 del interior de la república. Con un horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas y sábado de 8:00 a 16:00 horas.
También puedes utilizar el chat con los mismos horarios de atención. Toman en cuenta que para cualquiera de los casos debes tener a la mano tu curp o credencial del ine. Además de estas vías de comunicación puedes mandar un correo a atencion@pensionissste.gob.mx
Si desconoces la Afore en la que te encuentras, te puedes informar en la CONSAR, llamando a SARTEL, al número 55-1328-5000. Una opción adicional está disponible por Internet en la página Localizar tu Afore por Internet.