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¿Cuáles son los Requisitos para Pensionarse en la Vejez?

Al llegar a la tercera edad las personas desean retirarse de su trabajo y llevar una vida más calmada. Para ello, es necesario que tramite una solicitud de Pensión de Cesantía en Edad Avanzada o por Vejez ante el instituto de seguridad social en el cual cotizó durante su vida laboral. Para realizar la solicitud de Pensión deberá reunir una serie de Requisitos para Pensionarse en la Vejez.

El ahorro por medio de una Cuenta individual en una Afore, tiene como objetivo principal que el adulto mayor tenga una pensión después de jubilarse, un apoyo económico con el cual pueda mantener un estilo de vida adecuado. En México existen actualmente dos tipos de Pensiones para Adultos mayores: las emanadas de la Ley de Seguridad Social, como las proporcionadas por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), y las proporcionadas por un Plan Privado de Pensiones, que es contratado directamente por la empresa.

Pension para adultos mayores

Pensión de Cesantía en Edad Avanzada o por Vejez del IMSS

Un adulto mayor, que durante su vida laboral, estuvo asegurado en el IMSS tiene derecho a recibir una pensión por Cesantía en edad avanzada o por vejez  y puede solicitarla siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones:

  • Tener 60 o 65 años.
  • Contar con el periodo mínimo de semanas cotizadas.
  • Haber causado baja.
  • No tener trabajo remunerado.
  • Estar vigente en sus derechos.

Dependiendo de la fecha en la que el adulto mayor se dio de alta en el IMSS serán los requisitos que debe cubrir para poder pensionarse. Si el adulto mayor se dio de alta ante el Instituto antes del 1 de julio de 1997 pueden elegir entre el régimen 73 y el régimen 97. Quienes tengan cotizaciones a partir del 1 de julio de 1997, no podrán hacer esta elección.

Además, si al momento de pensionarse, otras personas dependen económicamente del adulto mayor, podrá recibir una ayuda asistencial por concepto de asignación familiar. Los familiares que pueden entrar dentro de los beneficiarios son: esposa o concubina, hijo menor y hasta los 16 años, hijo de 16 a 25 años estudiante, hijo mayor de 16 años incapacitado y padres del adulto mayor.

Pensión por régimen 73

Cuando el adulto mayor ha cotizado desde antes del 1 de julio de 1997, puede elegir la aplicación de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de Junio de 1997. Para pensionarse bajo este régimen el adulto mayor debe reunir los siguientes requisitos:

  • Tener cumplidos al menos 60 años en el momento de solicitud de pensión por cesantía en edad avanzada y 65 años cumplidos para la pensión por vejez.
  • Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
  • No contar con un trabajo remunerado.
  • Estar inscrito ante el amparo de la Ley del Seguro social vigente hasta el 30 de junio de 1997.
  • Mínimo de 500 semanas cotizadas ante el IMSS.
  • Estar vigente en los derechos ante el instituto o dentro del periodo de conservación de derechos.

Pensión por régimen 97

Si el adulto mayor cotizó ante el IMSS después del 1 de julio de 1997 o ha optado pensionarse bajo el régimen 97, debe reunir los siguientes requisitos:

  • Tener al menos 60 años cumplidos para solicitar la pensión por cesantía en edad avanzada y 65 años para la pensión por vejez.
  • Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
  • No tener un trabajo remunerado.
  • Tener cotizadas un mínimo de 1250 semanas ante el IMSS. Si no cumple con el mínimo de semanas y cuenta con 60 años, podrá retirar el saldo total de su cuenta individual de Afore en efectivo y en un pago único.
Para conocer las Semanas Cotizadas en el IMSS es necesario ingresar al sistema del Instituto con Clave Única de Registro Poblacional, Número de Seguridad Social y contar con un correo electrónico.

Requisitos para Pensionarse en la Vejez o por Cesantía en la Edad Avanzada en el IMSS

Para poder solicitar la pensión, ya sea por Régimen 73 o 97, el adulto mayor deberá reunir los siguientes documentos en original o copia certificada:

  • Identificación oficial con fotografía y firma vigente. Credencial ADIMSS, credencial para votar, cédula profesional, pasaporte, cartilla del servicio militar, cédula de identidad personal, carta de naturalización.
  • Cualquier documento expedido por el IMSS, Infonavit o Afore que contenga el número de seguridad social y el nombre del adulto mayor.
  • Comprobante de domicilio no mayor a 3 meses. Credencial para votar, en caso de vivir en el domicilio indicado, boleta predial, estado de cuenta de recibo telefónico, recibo de luz, agua, gas o constancia de residencia emitida por autoridad municipal, ejidal o delegacional.
  • Clave Única de Registro de Población (CURP).
  • Estado de cuenta del Afore, con una antigüedad no mayor a 6 meses.
  • Constancia de inscripción del adulto mayor al Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
  • Documento en donde se especifique el número de cuenta bancaria y Clave Bancaria Estandarizada (CLABE).
  • Copia de Acta certificada de nacimiento, acta de adopción o reconocimiento. Esta quedará en el expediente.

Documentos para pensionarse en la vejez

Requisitos de los Beneficiarios por asignación familiar

En caso de que el adulto mayor tenga dependientes económicos deberán presentar en original y copia de Identificación Oficial Vigente, comprobante de domicilio, Clave Única de Registro de Población, acta de nacimiento, adopción o reconocimiento. Además deben reunir los siguientes requisitos para ser beneficiario de asignación familiar:

  • Esposa deberá acreditar el matrimonio con acta de matrimonio original.
  • Concubina, deberá acreditar el concubinato con copia certificada de resolución ejecutoriada por autoridad judicial o acta de nacimiento de los hijos en común.
  • Hijo menor y hasta los 16 años, acreditar parentesco con acta de nacimiento.
  • Hijos entre 16 y 25 años estudiante, acreditar parentesco con acta de nacimiento y estar inscrito en un plantel educativo, presentando constancia de estudios.
  • Hijo incapacitado, acreditar parentesco y certificado de condición que impida mantenerse por su propio trabajo, como enfermedad crónica, defecto físico o psíquico. Dictamen de beneficiario incapacitado expedido por los servicios médicos institucionales.
  • Padres, acreditar parentesco y dependencia económica, no debe existir otro asegurado. Copia certificada de resolución emitida por autoridad judicial que acredite dependencia económica.

Pasos a seguir para Pensionarse por Cesantía o Vejez en el IMSS

  • El adulto mayor deberá acudir a la subdelegación del IMSS correspondiente a presentar una solicitud de pensión.
  • El IMSS emitirá una resolución en donde se dictamina si cumple o no con los requisitos para pensionarse.
  • Una vez que se tiene la resolución, el adulto mayor deberá acudir al Afore para iniciar el trámite de retiro de recursos.
  • Deberá presentar en la sucursal del Afore toda la documentación requerida y una Solicitud de Disposición de Recursos, debidamente llenada y firmada.
  • En un plazo no mayor a 6 días hábiles, el Afore pondrá a disposición los recursos que le corresponden al adulto mayor.

Ahorros para la Vejez

Pensión de Cesantía en Edad Avanzada o por Vejez del ISSSTE

La Pensión es un derecho por ley que le corresponde a todo adulto mayor que durante su vida laboral que cotizó ante algún instituto de Seguridad Social. Es un ingreso mensual, cuyo monto está determinado por las aportaciones que hizo al Instituto de Seguridad social. Para solicitar una Pensión en de Cesantía en Edad Avanzada o por Vejez ante el ISSSTE el adulto mayor deberá reunir los siguientes requisitos:

  • El adulto mayor no debe tener un trabajo remunerado.
  • Para solicitar una Pensión de Cesantía de Edad Avanzada, el adulto mayor debe tener entre 60 y 64 años de edad, al momento de la solicitud.
  • En el caso de solicitar una Pensión por Vejez deberá tener al menos 65 años de edad.
  • En ambos casos, debe contar con un mínimo de 25 años cotizando ante el ISSSTE.

Régimen de Cuentas individuales

Es el régimen en el que se encuentran los trabajadores que empezaron a cotizar ante el ISSSTE a partir del 1 de Abril del 2007 o que han elegido el sistema de cuentas individuales al que ya cotizaban desde antes.

Régimen de Reparto o Décimo Transitorio

Esta modalidad corresponde a los trabajadores que decidieron mantenerse en el régimen modificado del ISSSTE y se encontraban activos durante la entrada en vigor de la Nueva Ley del ISSSTE 2007. En esta modalidad la pensión se calcula de acuerdo al sueldo básico del último año al que se dio de baja el adulto mayor.

Requisitos para Pensionarse en la Vejez o por Cesantía en la Edad Avanzada en el ISSSTE

Para poder tramitar la solicitud de Pensión de Cesantía en la Edad o por Vejez es necesario reunir los siguientes documentos:

  • Identificación oficial vigente en original y copia.
  • Estado de cuenta bancario con número de cuenta y cuenta clabe, no mayor a 2 meses.
  • Clave Única de Registro de Población CURP.
  • Constancia de años de servicio.

Pasos a seguir para pensionarse en la Vejez o Cesantía en el ISSSTE

Si el adulto mayor reúne los requisitos de edad y años de servicio, deberá presentarse directamente ante el Departamento de Pensiones de la Delegación correspondiente, con una identificación oficial vigente en original y copia. En el Departamento le entregarán a firmar un documento de aceptación de datos. Si los datos son correctos, se le entregará una solicitud de Pensión la cuál firmará para empezar con el trámite de otorgamiento de la Pensión.

Pensión de Cesantía en Edad Avanzada o por Vejez bajo la modalidad de Portabilidad de Derechos IMSS – ISSSTE

Cuando una persona de la tercera edad cotizó ante el IMSS e ISSSTE durante su vida laboral, al momento de pensionarse puede transferir sus derechos para obtener una pensión única. Entre el IMSS e ISSSTE existe un Convenio de Portabilidad que permite a los trabajadores cambiar entre el sector público privado conservando el reconocimiento de sus años de servicios y derechos.

La esencia del convenio reside en que el derecho está asociado a la persona y no al tipo de patrón (sector público o privado) que lo emplea: donde va el trabajador van sus ahorros; donde va el trabajador van sus derechos, ya sea que trabaje en el servicio público, o en el sector privado, conservará y acumulará sus derechos.

Para realizar la Portabilidad de Derechos el adulto mayor deberá acudir a la ventanilla de afiliación o vigencia de derechos en el instituto donde más tiempo haya cotizado a solicitar la Portabilidad de derechos. El instituto le proporcionará una solicitud, la cual debe llenar. Una vez llenada la solicitud, el instituto la recibe, valida y registra. Confrontará la información proporcionada por el adulto mayor con su base de datos y realizará la solicitud de transferencia.

Una vez que el adulto mayor obtenga la transferencia de derechos, deberá acudir al instituto en donde se haya registrado la fecha de la baja más reciente, ya sea IMSS o ISSSTE, a presentar una solicitud de pensión por cesantía en edad avanzada o por vejez. Deberá reunir los requisitos mínimos planteados por el instituto ante el cual presentará la solicitud de pensión.

Pensión de Cesantía en Edad Avanzada o por Vejez por Plan Privado de Pensiones

Un Plan Privado de Pensiones es un esquema voluntario establecido por el patrón, su objetivo principal es de complementar un ingreso durante la jubilación de los adultos mayores, que mantuvieron una relación laboral con una empresa. El Plan Privado de Pensiones, representa una alternativa para incrementar los ingresos del adulto mayor durante su retiro. De esta manera sus ingresos no se ven afectados y su estilo y calidad de vida no bajará.

Los beneficios otorgados por el Plan Privado de Pensiones puede ser adicional al otorgado por el Instituto de Seguridad Social al cual estuvo afiliado, es decir, el beneficio es independiente al otorgado por el Instituto; o complementario, es decir, su beneficio complementa la pensión otorgada por el Instituto, por lo que el beneficio obtenido entre las dos pensiones puede alcanzar como máximo el 100% del último sueldo del adulto mayor.

Requisitos para Pensionarse en la Vejez o por Cesantía en la Edad Avanzada en Un Plan Privado de Pensiones

Dependiendo del plan se deberán cubrir requisitos mínimos de edad y/o antigüedad para otorgar el beneficio por jubilación. También existe la posibilidad de que el plan requiera cumplir con cierta suma de puntos (edad más antigüedad). Por ejemplo, un mínimo de 80 puntos significa la combinación de cualquier edad y antigüedad sea igual a 80. De la misma forma, también existe la posibilidad de señalar si el requisito para otorgar el beneficio por jubilación está condicionado a obtener previamente una pensión derivada de la seguridad social.

Para poder tramitar la solicitud de Pensión de Cesantía en la Edad o por Vejez por Plan Privado de Pensiones es necesario reunir los siguientes documentos:

  • Identificación oficial vigente en original y copia.
  • Estado de cuenta bancario con número de cuenta y cuenta clabe, no mayor a 2 meses.
  • Acta de Nacimiento original.
  • Comprobante de domicilio no mayor a 3 meses.
  • Comprobante de nómina como pensionado en original y copia.
  • Clave Única de Registro de Población CURP.
  • Constancia de años de servicio en caso de haber cotizado ante el ISSSTE o constancia de semanas cotizadas en caso de haber cotizado ante el IMSS.

Pasos a seguir para Pensionarse en la Vejez o por Cesantía en un Plan Privado de Pensiones

  • Reunir todos los documentos para realizar el trámite.
  • Agendar una cita en la sucursal del Afore.
  • Acudir a la sucursal el día de la cita.
  • Se capturarán los datos del adulto mayor para empezar el trámite.
  • Esperar la resolución del trámite.
  • En caso de ser positivo, se le indicará al adulto mayor el día en que puede disponer de la pensión.
En caso de que el Instituto al cual está inscrito, dictamine una Negativa de Pensión por no cubrir el mínimo de tiempo cotizado, pero sí cumple con todos los demás requisitos, el adulto mayor deberá acudir a la sucursal del Afore con todos los requisitos y la Negativa de Pensión para que se haga entrega del recurso total de su cuenta de Afore en efectivo y en una sola emisión.

¿Necesitas más Información o Ayuda?

Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) Es una Institución de Gobierno Federal dedicada a brindar servicios de salud y seguridad social a la población con afiliación al Instituto. Con Mi Pensión Digital  puedes hacer la solicitud de pensión por cesantía o vejez, si durante tu vida laboral cotizaste ante este Instituto.

Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) Es una Institución de Gobierno Federal dedicada a ofrecer asistencia en casos de invalidez, vejez, riesgos de trabajo y muerte para los trabajadores del Gobierno Federal. Como parte de sus prestaciones a la población afiliada se encuentra la PENSIONISSSTE a la que pueden ser acreedores los adultos mayores.

Pensiones para Adultos Mayores. (INSABI) Es un apoyo económico por parte del Gobierno Federal para los adultos mayores que no son sujetos a ser beneficiarios de una pensión derivada de las leyes de Seguridad Social o del Plan Privado de Pensiones.

Artículos y Fuentes de Información

Pensión de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez. Imss.

¿Cómo tramitar tu pensión? Ley ISSSTE.

Régimen de Cuentas Individuales. Ley del ISSSTE 2007.

Régimen Décimo Cuarto. Ley del ISSSTE 2007.

¿Si coticé ante el IMSS e ISSSTE puedo sumar los períodos cotizados en ambas instituciones?

Portabilidad de Pensiones IMSS e ISSSTE.

Plan Privado de Pensiones.

¿Plan privado de pensiones? Te explicamos de qué se trata.

Instituciones de Ayuda al Adulto Mayor

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