Índice
Al llegar a la tercera edad las personas desean retirarse de su trabajo y llevar una vida más calmada. Para ello, es necesario que tramite una solicitud de Pensión de Cesantía en Edad Avanzada o por Vejez ante el instituto de seguridad social en el cual cotizó durante su vida laboral. Para realizar la solicitud de Pensión deberá reunir una serie de Requisitos para Pensionarse en la Vejez.
El ahorro por medio de una Cuenta individual en una Afore, tiene como objetivo principal que el adulto mayor tenga una pensión después de jubilarse, un apoyo económico con el cual pueda mantener un estilo de vida adecuado. En México existen actualmente dos tipos de Pensiones para Adultos mayores: las emanadas de la Ley de Seguridad Social, como las proporcionadas por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), y las proporcionadas por un Plan Privado de Pensiones, que es contratado directamente por la empresa.
Un adulto mayor, que durante su vida laboral, estuvo asegurado en el IMSS tiene derecho a recibir una pensión por Cesantía en edad avanzada o por vejez y puede solicitarla siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones:
Dependiendo de la fecha en la que el adulto mayor se dio de alta en el IMSS serán los requisitos que debe cubrir para poder pensionarse. Si el adulto mayor se dio de alta ante el Instituto antes del 1 de julio de 1997 pueden elegir entre el régimen 73 y el régimen 97. Quienes tengan cotizaciones a partir del 1 de julio de 1997, no podrán hacer esta elección.
Además, si al momento de pensionarse, otras personas dependen económicamente del adulto mayor, podrá recibir una ayuda asistencial por concepto de asignación familiar. Los familiares que pueden entrar dentro de los beneficiarios son: esposa o concubina, hijo menor y hasta los 16 años, hijo de 16 a 25 años estudiante, hijo mayor de 16 años incapacitado y padres del adulto mayor.
Cuando el adulto mayor ha cotizado desde antes del 1 de julio de 1997, puede elegir la aplicación de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de Junio de 1997. Para pensionarse bajo este régimen el adulto mayor debe reunir los siguientes requisitos:
Si el adulto mayor cotizó ante el IMSS después del 1 de julio de 1997 o ha optado pensionarse bajo el régimen 97, debe reunir los siguientes requisitos:
Para poder solicitar la pensión, ya sea por Régimen 73 o 97, el adulto mayor deberá reunir los siguientes documentos en original o copia certificada:
En caso de que el adulto mayor tenga dependientes económicos deberán presentar en original y copia de Identificación Oficial Vigente, comprobante de domicilio, Clave Única de Registro de Población, acta de nacimiento, adopción o reconocimiento. Además deben reunir los siguientes requisitos para ser beneficiario de asignación familiar:
La Pensión es un derecho por ley que le corresponde a todo adulto mayor que durante su vida laboral que cotizó ante algún instituto de Seguridad Social. Es un ingreso mensual, cuyo monto está determinado por las aportaciones que hizo al Instituto de Seguridad social. Para solicitar una Pensión en de Cesantía en Edad Avanzada o por Vejez ante el ISSSTE el adulto mayor deberá reunir los siguientes requisitos:
Es el régimen en el que se encuentran los trabajadores que empezaron a cotizar ante el ISSSTE a partir del 1 de Abril del 2007 o que han elegido el sistema de cuentas individuales al que ya cotizaban desde antes.
Esta modalidad corresponde a los trabajadores que decidieron mantenerse en el régimen modificado del ISSSTE y se encontraban activos durante la entrada en vigor de la Nueva Ley del ISSSTE 2007. En esta modalidad la pensión se calcula de acuerdo al sueldo básico del último año al que se dio de baja el adulto mayor.
Para poder tramitar la solicitud de Pensión de Cesantía en la Edad o por Vejez es necesario reunir los siguientes documentos:
Si el adulto mayor reúne los requisitos de edad y años de servicio, deberá presentarse directamente ante el Departamento de Pensiones de la Delegación correspondiente, con una identificación oficial vigente en original y copia. En el Departamento le entregarán a firmar un documento de aceptación de datos. Si los datos son correctos, se le entregará una solicitud de Pensión la cuál firmará para empezar con el trámite de otorgamiento de la Pensión.
Cuando una persona de la tercera edad cotizó ante el IMSS e ISSSTE durante su vida laboral, al momento de pensionarse puede transferir sus derechos para obtener una pensión única. Entre el IMSS e ISSSTE existe un Convenio de Portabilidad que permite a los trabajadores cambiar entre el sector público privado conservando el reconocimiento de sus años de servicios y derechos.
La esencia del convenio reside en que el derecho está asociado a la persona y no al tipo de patrón (sector público o privado) que lo emplea: donde va el trabajador van sus ahorros; donde va el trabajador van sus derechos, ya sea que trabaje en el servicio público, o en el sector privado, conservará y acumulará sus derechos.
Para realizar la Portabilidad de Derechos el adulto mayor deberá acudir a la ventanilla de afiliación o vigencia de derechos en el instituto donde más tiempo haya cotizado a solicitar la Portabilidad de derechos. El instituto le proporcionará una solicitud, la cual debe llenar. Una vez llenada la solicitud, el instituto la recibe, valida y registra. Confrontará la información proporcionada por el adulto mayor con su base de datos y realizará la solicitud de transferencia.
Una vez que el adulto mayor obtenga la transferencia de derechos, deberá acudir al instituto en donde se haya registrado la fecha de la baja más reciente, ya sea IMSS o ISSSTE, a presentar una solicitud de pensión por cesantía en edad avanzada o por vejez. Deberá reunir los requisitos mínimos planteados por el instituto ante el cual presentará la solicitud de pensión.
Un Plan Privado de Pensiones es un esquema voluntario establecido por el patrón, su objetivo principal es de complementar un ingreso durante la jubilación de los adultos mayores, que mantuvieron una relación laboral con una empresa. El Plan Privado de Pensiones, representa una alternativa para incrementar los ingresos del adulto mayor durante su retiro. De esta manera sus ingresos no se ven afectados y su estilo y calidad de vida no bajará.
Los beneficios otorgados por el Plan Privado de Pensiones puede ser adicional al otorgado por el Instituto de Seguridad Social al cual estuvo afiliado, es decir, el beneficio es independiente al otorgado por el Instituto; o complementario, es decir, su beneficio complementa la pensión otorgada por el Instituto, por lo que el beneficio obtenido entre las dos pensiones puede alcanzar como máximo el 100% del último sueldo del adulto mayor.
Dependiendo del plan se deberán cubrir requisitos mínimos de edad y/o antigüedad para otorgar el beneficio por jubilación. También existe la posibilidad de que el plan requiera cumplir con cierta suma de puntos (edad más antigüedad). Por ejemplo, un mínimo de 80 puntos significa la combinación de cualquier edad y antigüedad sea igual a 80. De la misma forma, también existe la posibilidad de señalar si el requisito para otorgar el beneficio por jubilación está condicionado a obtener previamente una pensión derivada de la seguridad social.
Para poder tramitar la solicitud de Pensión de Cesantía en la Edad o por Vejez por Plan Privado de Pensiones es necesario reunir los siguientes documentos:
Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) Es una Institución de Gobierno Federal dedicada a brindar servicios de salud y seguridad social a la población con afiliación al Instituto. Con Mi Pensión Digital puedes hacer la solicitud de pensión por cesantía o vejez, si durante tu vida laboral cotizaste ante este Instituto.
Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) Es una Institución de Gobierno Federal dedicada a ofrecer asistencia en casos de invalidez, vejez, riesgos de trabajo y muerte para los trabajadores del Gobierno Federal. Como parte de sus prestaciones a la población afiliada se encuentra la PENSIONISSSTE a la que pueden ser acreedores los adultos mayores.
Pensiones para Adultos Mayores. (INSABI) Es un apoyo económico por parte del Gobierno Federal para los adultos mayores que no son sujetos a ser beneficiarios de una pensión derivada de las leyes de Seguridad Social o del Plan Privado de Pensiones.
Pensión de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez. Imss.
¿Cómo tramitar tu pensión? Ley ISSSTE.
Régimen de Cuentas Individuales. Ley del ISSSTE 2007.
Régimen Décimo Cuarto. Ley del ISSSTE 2007.
¿Si coticé ante el IMSS e ISSSTE puedo sumar los períodos cotizados en ambas instituciones?
Portabilidad de Pensiones IMSS e ISSSTE.
¿Plan privado de pensiones? Te explicamos de qué se trata.