La decisión entre cremación o entierro es algo muy personal, algo muy particular que sólo corresponde al interesado y en la que, quizá, únicamente sus más allegados deben tener alguna opinión. Sin embargo, para tener una perspectiva más clara sobre ambas opciones, cuáles son sus ventajas y desventajas, sus costos, los procedimientos y los trámites que se requieren, te invitamos a leer el siguiente artículo.
De hecho, no hay ni “mejor” ni “peor” cuando se habla de cremación o entierro; más bien, todo depende de las preferencias personales o familiares; estas últimas involucran una gran cantidad de factores que van desde los deseos anticipados del difunto hasta cuestiones culturales, religiosas, económicas e, incluso, ecológicas.
No obstante, cabe señalar, también hay varios puntos a favor y en contra de cada una, que se deben tomar en cuenta antes de decidirse por cualquiera de las dos opciones.
En principio, a favor de la incineración se puede decir que es bastante rápida, ya que la cremación completa de un cuerpo tarda de dos a cinco horas; las cenizas se guardan en urnas decoradas y la familia puede conservarlas o dispersarlas en lugares especiales para el difunto; también pueden colocarse en nichos y columbarios en cementerios o iglesias.
Del mismo modo, suele considerarse un proceso más ecológico, pese a las emisiones de gases contaminantes y al enorme gasto de combustible, que equivale a talar 35 árboles; además, ahorra espacio en los cementerios, los cuales, en varios países, ya empiezan a estar saturados. También es importante señalar que, en la actualidad, la cremación ya es aceptada por la iglesia católica.
En cuanto a un entierro, a favor tiene que es aceptado por los ritos católicos y judíos; muchas familias consideran que es mejor porque tienen un lugar donde visitar a su familiar; no obstante, a nivel social tiene más desventajas que ventajas, tanto por la falta de espacio en los cementerios, como por los materiales que se usan para embalsamar y para sepultar un cuerpo, los cuales son altamente contaminantes.
De acuerdo con la Real Academia Española de la Lengua, no existe una diferencia y son consideradas sinónimos; no obstante, en círculos funerarios se considera que “incinerar” debe aplicarse a cualquier cadáver o material orgánico que sea sometido a la acción directa del fuego para convertirlo en cenizas; “cremar”, en cambio, debe ser específico para la incineración de un cuerpo humano.
Cabe destacar que las instituciones de salud públicas también ofrecen servicios crematorios, a menor costo que los de funerarias privadas; por ejemplo, en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) el costo por la cremación de un adulto al público en general es de 2,852 pesos; para un derechohabiente, en cambio, es de 1,901.
Los costos son menores para trabajadores del organismo, así como para pensionados y jubilados; en este sentido cabe aclarar que el precio es únicamente por el servicio de cremación, ya que el resto de los servicios funerarios tienen un costo aparte.
Por su parte, los velatorios del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) cuentan con un Paquete Básico de Cremación que cuesta 9,999 pesos; este incluye servicio velación en velatorio o a domicilio, arreglo estético o embalsamamiento, asesoría en la gestión de trámites, ataúd de donación y recolección y traslado del cuerpo hasta 100 kilómetros del velatorio.
Previo a la pandemia, los costos promedio por la incineración eran más baratos que los de una inhumación, aunque esto también dependía de otros servicios contratados; sin embargo, desde el inicio de la emergencia sanitaria y con el aumento en la demanda del servicio de cremación, los costos se alzaron hasta en un 6.3% informó la Procuraduría Federal del Consumidor en mayo del año pasado.
Ahora, a cada paquete funerario que incluye inhumación, hay que agregarle un extra si se prefiere la cremación; en la Ciudad de México, según Profeco, el promedio por incineración es de 12,695, mientras que por entierro es de 10,728 pesos.
En tanto, en Guadalajara los costos promedio son de 17,261 pesos por inhumación y 16,829 por cremación; en Monterrey son de 20,409 y 22,206; en León de 14,294 y 16,200; en Tijuana de 18,726 y 17,740; en Mexicali de 17,193 y 12,156; en Cancún de 14,920 y 15,899 respectivamente y en Culiacán de 9,896 por entierro y de 16,907 por la incineración.
El moderno proceso de incineración se lleva a cabo en hornos industriales llamados cámaras crematorias o retortas; estos están recubiertos por ladrillos resistentes a la temperatura, que pueden someterse hasta a 2,000 °C, alimentados por gas natural, propano o diesel.
Previo a la incineración, hay que lavar y vestir el cuerpo, con los arreglos cosméticos solicitados por los familiares; aunque en este caso no es necesario embalsamarlo, algunas familias de todos modos lo solicitan, sobre todo en el caso de que se vaya a llevar a cabo un velorio.
El cuerpo se introduce a la retorta, que puede estar entre 750 y 1,000 °C, vestido y en un ataúd combustible; es decir, el féretro debe ser de madera o de cartón rígido, como los que hay disponibles en algunos países. Se retiran todos los elementos metálicos, incluida joyería que la familia quiera conservar; especialmente se deben retirar relojes y marcapasos, ya que las baterías pueden explotar a las temperaturas del horno.
Una vez que se queman la ropa, el cabello, la piel y los músculos sólo quedan fragmentos de hueso; estos restos se dejan enfriar y luego se usan imanes para retirar cualquier resto metálico como clavos y alfileres quirúrgicos o empastes. Enseguida, se pasan por un molino especial llamado cremulador; este tritura los trozos de hueso y los mezcla con lo demás, para darle esa textura granulosa que se identifica con las cenizas.
Estas últimas se depositan ya sea en una urna proporcionada por la familia o en un contenedor simple de algún otro material y así se entregan a los deudos.
Depende de la temperatura que alcance la cámara crematoria así como del tamaño de la persona; de principio a fin, el proceso puede durar entre dos y cinco horas.
Lo primero debería ser hablar con la familia y amigos, ya que serán ellos quienes deberán llevar a cabo la última voluntad del finado; es por eso que debe asegurarse de que todos estén enterados y entiendan sus instrucciones; esto no sólo hará más posible que respeten la elección entre cremación o entierro, sino que les ahorrará una decisión que puede ser difícil o incluso dolorosa en momentos ya de por sí complicados para ellos.
En cuanto a trámites, en México las funerarias suelen encargarse de casi todos ellos; especialmente si se contratan paquetes que también incluyan el lote para el entierro o el servicio de cremación. No obstante, sin importar si se trata de cremación o entierro, el primer paso es obtener el certificado de defunción; este lo emite el médico tratante o, en su caso, el hospital donde haya ocurrido el fallecimiento.
Dentro de las 24 horas siguientes al deceso hay que obtener el acta de defunción en el Registro Civil, presentando el certificado de defunción, acta de nacimiento e identificación oficial del fallecido; a partir de aquí, los trámites varían dependiendo el estado o municipio; en cuanto a la Ciudad de México, hay que tramitar una boleta de cremación en las oficinas correspondientes en cada alcaldía.
Para ello es necesario presentar la identificación oficial de quien realiza el trámite, llenar y presentar un formato de solicitud del procedimiento proporcionado por la alcaldía; también hay que entregar un comprobante de pago de derechos del procedimiento a realizar, certificado y acta de defunción.
Cabe aclarar, también, que en caso de muerte no natural el Código Nacional de Procedimientos Penales prohíbe la incineración de los restos.
Si la familia decide depositar las cenizas en un nicho o columbario, también hay que realizar un trámite en las oficinas correspondientes; para este hay que presentar una autorización para el uso del nicho, emitida por el panteón o el inmueble que recibirá la urna.
Asimismo, la identificación oficial de quien realice el trámite, certificado o acta de defunción, el permiso para la cremación y el recibo por el pago de derechos.
Es un punto complejo debido a la gran cantidad de puntos de vista al respecto; en general, las religiones abrahámicas están en contra de la cremación en diversos grados; los que la tienen prohibida por completo son el judaísmo y el islam, mientras que la iglesia ortodoxa griega se opone firmemente y le negará servicios funerarios en sus recintos a quien se haya cremado o planee hacerlo.
Las diferentes denominaciones cristianas no están en contra de la cremación, pero recomiendan a sus fieles elegir el entierro. Los protestantes están en un caso similar, ya que son neutrales al respecto; sin embargo, piden a sus miembros ser inhumados en lugar de incinerados; del mismo modo no tienen postura en cuanto al destino final de las cenizas.
La iglesia católica, por su parte, permitió la cremación en 1963, lo que antes estaba prohibido; sin embargo, en 2016 emitió una serie de estrictas normas en este sentido; ahora, en caso de cremación, las cenizas deben conservarse en un columbario en terreno consagrado, ya sea un panteón o una iglesia; asimismo prohibió estrictamente conservarlas en casa, dispersarlas en la naturaleza o convertirlas en diamantes o joyería, como hacen últimamente algunas compañías.
Fuera de las religiones abrahámicas, el hinduismo ordena la cremación de los cadáveres; el budismo es mucho menos estricto respecto de cremación o entierro, pero recomienda fuertemente a sus creyentes ser incinerados en vez de enterrados.
Para encontrar un listado de instituciones que brindan atención al adulto mayor en México, pulsa este enlace. En este artículo encontrarás mayor información sobre los Trámites Ante la Muerte de un Ser Querido, aquí encontrarás una guía completa sobre Previsión de servicios funerarios y en este artículo podrás consultar los Derechos y prestaciones tras el fallecimiento de un pensionado.
Diferencias entre cremar e incinerar – Mapfre
Cremar, sinónimo de incinerar – Fundeu
Servicios de cremación del ISSSTE – ISSSTE
Velatorios del IMSS – IMSS
Precios de miedo: esto es lo que cuesta morirse en México – Infobae, 2020
Entre $8 mil y 60 mil, costo por cremación en la CDMX – La Razón, 2020
Gastos funerarios: costos y cuál es la funeraria más barata – AS México, 2020
Depósito de cenizas – Gobierno de México
Trámites para la inhumación, exhumación, reinhumación o cremación – Trámites CDMX
Religion and Cremation – Learn about cremation
13 Different Religious Perspectives on Cremation – Everplans
Las estrictas nuevas normas del Vaticano sobre qué se puede y qué no se puede hacer con las cenizas de un difunto – BBC Mundo, 2016