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Vigencia de Derechos ISSSTE

La vigencia de derechos del ISSSTE es uno de los requisitos que más piden para poder acceder a los seguros, servicios y prestaciones del instituto de salud. Si tus padres o abuelos requieren de una constancia de vigencia de derechos del ISSSTE ¡Continúa leyendo!

En el siguiente artículo, te diremos todo lo que necesitas saber: qué es, para qué sirve, cómo obtener una constancia y más información que debes tener en consideración sobre la vigencia de derechos del ISSSTE.

¿Qué es la Vigencia de Derechos del ISSSTE?

La vigencia de derechos acredita el acceso de los afiliados y sus familiares derechohabientes a los servicios, seguros o prestaciones del ISSSTE. Generalmente, se solicita una constancia de vigencia de derechos para trámites administrativos dentro del mismo Instituto y, en menor medida, para trámites relacionados a la Afore.

Dicha constancia únicamente podrá ser solicitada por el propio trabajador o pensionado, o bien, por un representante debidamente acreditado mediante una carta poder simple.

Período de conservación de derechos

El período de conservación de derechos es el lapso de tiempo durante el cual, los trabajadores y sus afiliados pueden acceder a los servicios, seguros y prestaciones del Instituto, una vez que sea dado de baja por cese, renuncia, terminación de la obra o del tiempo para los cuales haya sido designado.

Para poder gozar de la conservación de derechos, es necesario que el trabajador haya prestado servicios ininterrumpidos inmediatamente antes de la separación, durante un período mínimo de 6 meses.

Es importante mencionar que la conservación de derechos, bajo los supuestos anteriores, comprende los siguientes dos meses siguientes a la fecha de la baja del trabajador. Durante este mismo tiempo, los trabajadores pueden hacer los trámites necesarios para recibir una pensión, o bien, realizar los trámites de continuación voluntaria en el régimen obligatorio, según sea el caso.

¿Cómo tramitar una Constancia de Vigencia de Derechos del ISSSTE?

En caso de que tus padres o abuelos, incluso tú mismo, necesiten una constancia de vigencia de derechos del ISSSTE, pueden obtenerla de dos formas: de manera presencial y en línea. Para ambos casos es necesario que cuentes con CURP, y el tiempo de resolución es inmediata.

A continuación te presentamos ambos procedimientos.

Presencial

  1. Primero debes reunir la siguiente documentación:
    • Identificación oficial vigente, puede ser credencial INE-IFE, cédula profesional o pasaporte.
    • Escrito libre de solicitud o petición de constancia de vigencia de derechos.
    • CURP.
  2. Una vez que has reunido la documentación anterior, debes acudir a la clínica de medicina familiar que te corresponda y presentar tus documentos en el Departamento de afiliaciones y prestaciones económicas.
  3. El encargado del departamento, te buscará en su base de datos. Si te encuentras vigente en tus derechos, procederá a imprimir una constancia, de lo contrario, imprimirá una constancia de no derechohabiencia.

Vigencia de Derechos ISSSTE por internet

  1. Ingresar a la Oficina Virtual del ISSSTE.
  2. Una vez que has ingresado con tu datos a la oficina virtual, selecciona el módulo de servicios.
  3. Ahí encontrarás varias opciones, ingresa al módulo de Constancia de vigencia.
  4. Se mostrarán todos los derechohabientes afiliados, selecciona al que desees expedir la constancia de vigencia.
  5. Finalmente, descarga la constancia en formato PDF e imprime.

Recuerda que el trámite de la constancia de vigencia de derechos del ISSSTE, tanto de manera presencial y en línea, no tienen ningún costo, por lo que el personal de la unidad médica no puede realizar ningún cobro bajo cualquier concepto.

Vigencia de Derechos ISSSTE por internet

¿Cómo saber si aún estás dado de alta en el ISSSTE?

Si necesitas saber si eres o no derechohabiente del ISSSTE puedes hacerlo manera presencial en el área de Recursos Humanos de tu Dependencia o Entidad y solicitar copia del “Aviso de Alta de Trabajador“.

También puedes pedir información vía telefónica a través del ISSSTE-TEL 55 4000 1000. Asimismo, podrás consultar el Aviso de Alta de Trabajador en la Oficina Virtual del Instituto.

En cualquiera de los casos, ya sea de manera presencial o a distancia, para obtener la información es necesario que cuentes con copia de la CURP, ya que es un requisito necesario para consultar la base de datos del Instituto.

Si tienes dudas respecto a la vigencia de derechos o sobre la afiliación puedes enviar un correo electrónico a [email protected] o comunicarte al 55 5140 9617 ext. 12241

Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio ante el ISSSTE o después de baja

Cuando la relación laboral con la dependencia o entidad ha terminado, el trabajador puede solicitar la continuación voluntaria dentro del régimen obligatorio, siempre y cuando aún no se haya pensionado. Este trámite lo puede realizar dentro de los primeros 60 días hábiles después de la baja.

Para ello, es necesario que el trabajador acredite haber laborado por al menos 5 años en alguna dependencia o entidad incorporada al Instituto. Debe presentarse en el Departamento de afiliación y prestaciones económicas de la clínica de medicina familiar que le corresponde, con la siguiente información:

  • Último recibo de pago.
  • Demostrar cinco años de cotización al instituto, mediante Hoja Única de Servicio o talones de pago.
  • Comprobante de domicilio actual, no mayor a tres meses. Puede ser recibo de luz, teléfono, estado de cuenta bancaria o predial.
  • Identificación oficial vigente. Puede ser credencial INE-IFE, pasaporte o cédula profesional.
  • Escrito libre de solicitud.

Una vez que vez entregada la documentación, el trabajador recibirá el formato con el cálculo del importe a pagar en dos tantos. Uno de ellos, será canjeado en el Departamento de Tesorería. Posteriormente, debe regresar al Departamento de afiliaciones y prestaciones económicas con el comprobante de pago para recibir su constancia de de alta en continuación voluntaria.

¿Necesitas más Información y Ayuda?

Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) Esta Institución del Gobierno Federal, se dedica a ofrecer asistencia en casos de invalidez, vejez, riesgos de trabajo y muerte para los trabajadores del Gobierno Federal. Como parte de sus prestaciones a la población afiliada, se encuentra la PENSIONISSSTE a la que pueden ser acreedores los adultos mayores.

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